Toma de nota

 

El Poder legislativo toma nota de que se declaró la inconstitucionalidad de las porciones normativas de un “hombre y una mujer” y “perpetuar la especie”, del artículo 123 del Código Familiar del Estado de Michoacán y la inconstitucionalidad del 125 del mismo ordenamiento  jurídico, relativa a “y de la conservación de la especie”.