Regular prácticas médicas

Imagen: Especial
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Morelia/Redacción

El ejercicio de la cirugía plástica, a la que se recurre como un recurso para mejorar el aspecto personal y la belleza, debe ser regulado en Michoacán, planteó el diputado Rigel Macías Hernández.

El legislador integrante de la Comisión de Salud y Asistencia Social de la LXXII Legislatura del Congreso del Estado, dio a conocer que presentará una iniciativa de reforma a la Ley de Salud en la entidad en ese sentido.

Refirió que actualmente los procedimientos bariátricos o la cirugía pasó de ser un elemento para recuperar la salud, a un recurso altamente común por motivos estéticos, que van desde el implante mamario, gluteoplastia y rinoplastias, como los más solicitados.

Entonces, este aumento de la demanda ha causado también un desorden en su práctica médica; cada vez son más comunes los casos de iatrogenia, error médico o en casos más severos, fraude profesional.

De acuerdo con la exposición de motivos de la iniciativa de reforma a los artículos 39 bis, 143 bis y 143 ter de la Ley de Salud del Estado de Michoacán, la finalidad es contribuir a ordenar estas prácticas en la entidad, impidiendo su ejercicio por profesionales de la salud que no cuenten con la preparación académica o los lugares adecuados.

De la misma manera, se pretende regular el ejercicio, porque hay indicios de que peluqueros o esteticistas, fingiéndose conocedores del tema, han llevado a personas a la muerte, y en casos realmente graves, a mutilaciones deformantes para toda la vida.

La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) aporta una serie de datos que reseñan el daño que provoca la mala práctica y la usurpación del ejercicio profesional y la Medicina Estética, como es que todas las denuncias se generan por una mala práctica médica, el personal carece de preparación profesional en el área de la medicina y el negocio no cuenta con licencia sanitaria.

En el apartado de la cirugía plástica de la Ley de Salud Estatal se plantea que “se concede acción pública para denunciar ante autoridades administrativas, ministeriales o judiciales, las practicas no autorizadas de cirugía plástica” (Artículo 39 bis).

En tanto, el 143 bis, establecerá que “queda prohibido realizar procedimientos de medicina o cirugía estética y reconstructiva en peluquerías, salones de belleza o estéticas u otras similares. La infracción a esta norma será vigilada por autoridades sanitarias quienes podrán denunciar ante autoridades administrativas, ministeriales o judiciales”.

Finalmente, el artículo 143 ter señala, de acuerdo con la propuesta, que “para el ejercicio de los procedimientos médicos o de cirugía reconstructiva, estética plástica se estará a lo dispuesto por los artículos 81, 83, 271, 272, 272 bis 1, 272 bis 2 y 272 bis 3 de la Ley General de Salud”.

La iniciativa de reforma a la Ley de Salud del Estado será presentada al Pleno en la sesión ordinaria prevista para este miércoles 3 de junio.