¿Por qué legalizar?

Imagen: Xana Zamudio

Morelia, Mich. | Xana Zamudio.- La colectiva Marea Verde Michoacán, exhortó a través de un documento emitido a las y los diputados del Congreso del Estado, se diera avance en la iniciativa de ley para la despenalización del aborto, presentada el pasado 10 de junio por la bancada morenista, donde señalaron ocho motivos en favor de la interrupción voluntaria del embarazo.

  1. 1. El aborto es una necesidad básica de atención de la salud para millones de mujeres, niñas y otras personas que pueden quedarse embarazadas. Se calcula que en todo el mundo, cada año, cerca del 25% de los embarazos acaba en aborto.
  2. 2. Penalizar el aborto no lo impide, sólo hace que sea menos seguro. La OMS calcula que todos los años tienen lugar 25 millones de abortos inseguros, la gran mayoría de ellos en países con altos índices de desigualdad económica. Los abortos son la tercera causa más habitual de muerte materna del mundo y dan lugar además a cinco millones de discapacidades en gran medida evitables, según la OMS.
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  1. 3. Casi todas las muertes y lesiones por aborto inseguro son evitables Sin embargo, tales muertes son comunes en los países donde el acceso al aborto está limitado o prohibido por completo, pues la mayoría de las mujeres y las niñas que necesitan someterse a un aborto debido a un embarazo no deseado no pueden acceder legalmente a él.
  2. 4. Muchos países están empezando a modificar su legislación para permitir mayor acceso al aborto. En los últimos 25 años, más de 50 países han modificado su legislación para permitir mayor acceso al aborto, en ocasiones reconociendo que el acceso al aborto sin riesgos es fundamental para la protección de la vida y la salud de las mujeres. México es parte de este grupo de países desde 2007, pero únicamente está despenalizado el aborto en la Ciudad de México y más recientemente en el estado de Oaxaca en 2019.
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  1. 5. Penalizar o restringir el aborto impide a las personas profesionales de la salud prestar atención básica. Esto puede deberse a varios factores, como las convicciones personales, el estigma sobre al aborto, los estereotipos negativos sobre las mujeres y las niñas o el temor a incurrir en responsabilidad penal.
  2. 6. Penalizar el aborto es una forma de discriminación, que fomenta aún más el estigma. El comité que vigila el cumplimiento de la Convención de la ONU sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), ha manifestado constantemente que las leyes sobre el aborto restrictivas constituyen discriminación contra las mujeres.
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  1. 7. El acceso al aborto sin riesgos es una cuestión de derechos humanos. El derecho internacional de los derechos humanos especifica claramente que las decisiones sobre nuestro cuerpo son sólo nuestras, principio que se conoce como “autonomía física”. Obligar a alguien a mantener un embarazo no deseado o a buscar un aborto inseguro es una violación de sus derechos humanos, incluidos los derechos a la intimidad y a la autonomía física.
  2. 8. En cuanto a la protección de la vida la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sistema del que México es parte, en el caso Artavia Murillo y otros vs Costa Rica analiza el artículo 4.1 que habla sobre el respeto a la vida de toda persona, y concluye que el objeto y fin de la cláusula «en general» del artículo 4.1 de la Convención es la de permitir, según corresponda, un adecuado balance entre derechos e intereses en conflicto, lo cual implica que no pueda alegarse la protección absoluta del embrión anulando otros derechos.