Morelia/Samuel Ponce Morales
La designación de magistrados electorales en 17 entidades realizada por el Senado en octubre de 2014, fue llevada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por presuntas ilegalidades en el procedimiento de elección.
El recurso fue presentado por Verónica Román Vistraín, una abogada de Michoacán experta en legislación electoral, quien formó parte de los 438 candidatos que se registraron en dicho proceso.
En el expediente acusa al Senado de haber incurrido en transgresión al principio de legalidad y a la vida democrática al interior de la Cámara, al omitir etapas del procedimiento seleccionador como lo fue la realización de entrevistas a los aspirantes.
Expuso que sin revisar perfiles ni realizar entrevistas, el 2 de octubre de 2014 la Junta de Coordinación Política presentó la lista de 80 magistrados finalistas para ser votada y aprobada por el Pleno.
Entre las pruebas presentadas ante la CIDH está una transcripción de la discusión que encabezó el Senador Manuel Bartlett, quien acusó un albazo en la designación de magistrados al no haberse reunido la Junta de Coordinación Política para definir la propuesta.
“No convoqué a la Junta de Coordinación Política, es real; pero es una práctica parlamentaria de los grupos que forman este cuerpo colegiado de que se reúnan los coordinadores que tienen el mayor número de senadoras y senadores”, justificó ese día ante el Pleno el priista Emilio Gamboa.
Bartlett respondió que no es válido decir que porque se reúnen “los tres magníficos” ya se cumple con todas las condiciones del reglamento, y exigió sin éxito desechar la propuesta.
A este reclamo se sumó el Senador David Monreal, quien advirtió que nunca se conoció a los 80 candidatos finalistas ni los mecanismos que se siguieron para elegirlos.
“Las presentes propuestas de candidatos a magistrados parecen bajadas del cielo, pues no se estableció una debida metodología para su elección; se hizo a puerta cerrada, con criterios desconocidos y hoy simplemente se mencionarán sus nombres”, fustigó.
En la propuesta se votó la elección de magistrados electorales para Baja California Sur, Campeche, Colima, Chiapas, México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Yucatán y el Distrito Federal.
En el caso de Michoacán se designó a Alejandro Rodríguez, Rubén Herrera, Ignacio Hurtado, Omero Valdovinos y René Olivos, quienes rindieron protesta cuatro días después.
“La suscrita pasé las etapas más difíciles en las que acredité mi capacidad y conocimientos en materia electoral (…). En el examen de conocimientos quedé dentro de las más altas calificaciones”, alegó Román Vistraín.
La abogada expuso ante la CIDH haber agotado sin éxito todas las instancias del Estado mexicano en busca de que su caso fuese revisado y atendido.
De acuerdo al documento de 89 fojas, el 6 de octubre de 2014 interpuso un escrito de demanda de un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, argumentando vicios de nulidad en el procedimiento de elección.
La demanda fue radicada bajo el número de expediente SUP-JDC-2605/2014 en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, aunque, dijo, sin remitirse todas las pruebas documentales que presentó al Senado ni copias certificadas de los documentos relativos a su registro.
En su resolutivo del 24 de noviembre de 2014, el tribunal revocó el acuerdo del Senado por lo que ve a la designación de magistrados de Michoacán y le ordenó pronunciarse de manera fundada y motivada sobre la negativa a nombrar a Román magistrada electoral.
Al paso de los meses y ante la falta de respuesta del Senado, la abogada interpuso un incidente de inejecución de sentencia.
Fue hasta el 11 de julio de 2015 en que le notificaron del acuerdo tomado por la Junta de Coordinación Política del Senado para dar cumplimiento a la sentencia emitida por el tribunal electoral.
El Senado argumentó que, aunque la aspirante cubría los requisitos establecidos, en la discusión de los perfiles no logró el acuerdo para ser considerada dentro de la propuesta final.
“Nombrar funcionarios públicos no es meramente un mandato de revisión de cumplimiento de requisitos legales. Se trata de una facultad de naturaleza política que busca garantizar que quienes resulten electos satisfagan las exigencias éticas, profesionales, establecidas por todos los grupos políticos”, justificó la Cámara.
Al considerar que el tribunal no estudió debidamente los agravios, la aspirante promovió un nuevo juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, mismo que fue desechado.
Ante la CIDH, Román denunció este año que en su caso las instancias mexicanas transgredieron su derecho al acceso a la justicia.
“(Estamos en) un país impregnado por la corrupción, en el que las instituciones se han dedicado únicamente a proteger los intereses de los grupos políticos y no por la defensa de los derechos humanos de los procesados”, acusó.
Afirmó que también se violentaron el principio de legalidad por vicios en el procedimiento electivo de los magistrados, la vida democrática al interior del Senado y los principios de igualdad y no discriminación.
“Por todo lo anteriormente expuesto a esta Comisión solicito tener por admitida la presente petición, solicitando el acceso a la justicia subsidiaria toda vez que no obtuve justicia en mi país”, pidió la demandante.
Pero a dos años de iniciado el litigio, la justicia no ha llegado.





