La intromisión de la SCJN en desafuero de Cabeza de Vaca

Comparte

Morelia, Mich.| acueductoonline.- Alejandro Gertz Manero, titular de la Fiscalía General de la República (FGR), acusó al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de una intromisión en las facultades del Ministerio Público de la Federación, al incluir en su desechamiento de controversia constitucional sobre el desafuero del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, tres líneas en las que señala que se podrá investigar a éste cuando concluya su gobierno.

MILENIO tiene una copia del recurso íntegro que presentó hoy el fiscal general ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el que pide que se revoque la decisión del ministro y se emita otro desechamiento en el que no analice de fondo el asunto, ni exista una intromisión a facultades que no le corresponden a un ministro.

El fiscal pide específicamente que la decisión de desechar la controversia constitucional promovida por el Congreso de Tamaulipas en contra de la procedencia de desafuero que aprobó la Cámara de Diputados por falta de interés legítimo, elimine las tres líneas en las que se señala “sin que esta determinación prejuzgue sobre la culpabilidad o no respecto del ilícito que se relaciona, pues existe la oportunidad de llevar a cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya en su cargo”.

El funcionario señaló que esto “trae consigo una intromisión en el ámbito competencial del Ministerio público de la Federación a quien corresponde investigar y perseguir los delitos federales”.

En 19 páginas, Gertz Manero explicó el origen de las controversias constitucionales y cómo deben de analizarse. Además, acusó al ministro de violar el artículo 25 de la Ley Reglamentaria “al pronunciarse indebidamente sobre aspectos que no forman parte de la Litis”, pues un desechamiento se debe basar en una revisión “de mero trámite” y no en el fondo del asunto. Por lo que pide expresamente que se revoque la determinación del ministro González Alcántara Carrancá que desecha la controversia constitucional y se emita otro desechamiento en el que sólo se resuelva la improcedencia “sin analizar el fondo del asunto o incidir en el ámbito competencial de la Fiscalía General de la República”.