TEEM tutela la voluntad popular y difunde la cultura de la legalidad: Omero Valdovinos

Especial
Comparte

Morelia/Redacción

El propósito principal del Tribunal Electoral del Estado es garantizar que todos los actos o resoluciones en materia electoral, y en otras figuras como el plebiscito, el referéndum, la iniciativa popular, así como los usos y costumbres se ajusten invariablemente a la constitucionalidad y legalidad.

Lo anterior, fue expuesto el Magistrado Omero Valdovinos Mercado, en el marco de 25 años del Tribunal Electoral del Estado de impartir justicia electoral a los michoacanos, al ofrecer el taller sobre “Integración y Funciones del TEEM” ante alumnos de la Facultad de Derecho en la Universidad Contemporánea de las Américas, plantel Zitácuaro, Michoacán.

En su exposición, el Doctor Valdovinos Mercado mencionó que el TEEM es un órgano permanente, autónomo y máxima autoridad jurisdiccional electoral, con autonomía técnica y de gestión e independencia en sus decisiones; que de los medios de impugnación que conoce el Tribunal está el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC), a través del cual los ciudadanos pueden solicitar la protección de sus derechos político-electorales, así como de todos aquellos derechos fundamentales estrechamente vinculados con éstos. Su finalidad consiste en restituir a los ciudadanos en el uso y goce de sus derechos, a través de su protección legal y constitucional; haciendo hincapié lo trascendente que es esa función.

Ante los asistentes de la mencionada Universidad, explicó el desarrollo procesal de dicho medio de defensa ante el Tribunal, es decir, todas sus faces, y destacó que un Juicio Ciudadano de conformidad con la Ley de Justicia en Materia Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Michoacán, puede ser promovido por el ciudadano cuando considere que se violó su derecho político-electoral de ser votado, ante los alumnos citó diversos ejemplos, entre ellos, cuando habiendo sido propuesto por un partido político, le sea negado indebidamente su registro como candidato a un cargo de elección popular.

A la vez cuando considere que los actos o resoluciones del partido político al que está afiliado violan alguno de sus derechos político-electorales. Lo anterior, es aplicable a los precandidatos y candidatos. Así como cuando estimen se les vulneró su derecho de ser votado, en su vertiente de acceso y permanencia en el cargo de elección popular.

Para concluir su charla con una gran participación de los asistentes, subrayó y explicó cómo funcionan las medidas de apremio que el TEEM puede aplicar para hacer cumplir las determinaciones que pueden ser: multa hasta por cien veces el salario mínimo diario vigente en el estado y en caso de reincidencia, se podrá aplicar hasta el doble.