“Sólo se siguió la Ley…”

Imagen: Héctor Tapia
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Morelia/Héctor Tapia

Tras haber aprobado el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) a 20 personas que cumplieron con los requisitos para avanzar en como candidaturas independientes, y rechazar a siete personas más, el Ramón Hernández Reyes, presidente del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), dijo que lo único que se hizo fue seguir la legislación electoral producto de la Reforma Político-Electoral.

Lo que buscó el organismo electoral, dijo, es que se cumpliera con lo que maneja el código electoral, de manera puntual.

Dijo que se advirtió que quienes no cumplieran con la documentación y los requisitos necesarios se requeriría a los aspirantes para que cumplieran los mismos; y a quienes cumplieron, dijo, se les reconoció como aspirantes a candidatos independientes, y a quienes no cumplieron se les negó.

Hernández Reyes dijo que si en un momento dado se pretendiese, por parte de algún actor jurídico, acreditar que no se cumplen con algunos requisitos, se tendrá que presentar la inconformidad con el respaldo documental necesario para poder proceder.

En este sentido señaló que lo que le corresponde al organismo es aplicar la ley, “y no podemos incorporar un elemento que no esté contemplado en la misma ley”.

Señaló que “desgraciadamente la reforma electoral trajo tiempos muy cortos; se incorporaron nuevas leyes”.

Ramón Hernández dijo que en el 2014 les cambiaron las reglas de la legislación que previamente se había aprobado en el 2013, lo que vino a retrasar todo.

“El tiempo que nos tocó fue muy corto, la convocatoria se publicó hasta los 20 y 21 de diciembre”, a la misma que se le dio difusión”.

Fueron cinco días para recibir la documentación para las candidaturas independientes, “este no fue un plazo que se manejó de manera deliberada, sino que la maneja la misma ley”.

En cuanto al caso de las quejas respecto a la candidatura independiente de Alfonso Martínez Alcázar, impulsadas por el mismo Partido Acción Nacional (PAN), señaló que la parte inconforme tiene un plazo de cuatro días para impugnar la determinación que fue aprobada por el Consejo General.