ITAIMICH busca Consejero

Imagen: Especial
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Morelia/Redacción

 

Este martes, los diputados de las comisiones de Gobernación y de Derechos Humanos, presentaron la convocatoria para la elección del Consejero del Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán (ITAIMICH).

En este marco, los legisladores invitaron a los colegios de profesionistas, instituciones académicas, culturales, civiles, organizaciones gremiales y a la sociedad civil, a que propongan candidatos a ocupar este cargo.

El legislador Olivio López Mújica, quien preside la Comisión de Gobernación, señaló que los aspirantes deberán cumplir y presentar los documentos que se requieren.

El periodo de inscripción y registro de los interesados en ocupar el cargo de Consejero del ITAIMICH, será del 24 de noviembre de este año al 28 del mismo mes.

Una vez concluido el plazo de registro, los diputados  se reunirán en privado para analizar las solicitudes y documentos de los participantes.

Los aspirantes deberán ser ciudadanos mexicanos con una residencia efectiva de cuando menos tres años en el Estado de Michoacán de Ocampo, previos a su designación; tener por lo menos treinta años de edad al momento de su elección; haberse desempeñado en forma destacada en actividades sociales, profesionales o académicas relacionadas con la transparencia y el acceso a la información pública.

A su vez, tampoco debieron haber desempeñado un cargo de elección popular, ni haber sido Magistrado, Juez de Primera Instancia, Secretario del Despacho, Procurador General de Justicia, Director General o su equivalente de alguna de las entidades de la Administración Pública Estatal, Presidente de alguno de los organismos autónomos previstos en la Constitución, dirigente de algún Partido o Asociación Política, ni ministro de algún culto religioso durante los tres años previos al día de su designación; y finalmente, no haber sido condenado por delito doloso.

Cabe señalar que dicho Consejero será designado por un periodo de tres años, con posibilidad de una reelección y sólo podrá ser removido de sus funciones en términos propios de la Constitución Política del Estado de Michoacán.