Morelia/ Juan Ignacio Salazar
Humberto Urquiza, consejero electoral pidió la palabra durante la sesión en la que se abordaron los temas respecto a los acuerdos que aprobaría el IEM derivado de reuniones pasadas y que serían votados…
En el tema de la entrega de participaciones directas a la comunidad de Santa Fe de La Laguna, perteneciente al municipio de Quiroga, el consejero hizo alusión al impass que ha generado el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) con las resoluciones en las que ordenó la suspensión del procedimiento que organizó el IEM.
Urquiza apuntó los trabajos realizados en la comunidad indígena y subrayó la medida cautelar que mantiene vigente la imposibilidad de dar cumplimiento con el acuerdo.
Sin embargo, apuntó que en otro tema uno de esos acuerdos sujeto a procedimiento en el TEEM ya estaría por resolverse; y tenía razón, los integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, por unanimidad con el voto concurrente del Magistrado Omero Valdovinos Mercado, confirmaron el acuerdo del IEM sobre los lineamientos para cumplimiento del principio de paridad de género en la postulación de candidaturas para diputados locales y ayuntamientos.
Dentro de los Recursos de Apelación interpuestos por los partidos políticos Partido Acción Nacional, Partido Verde Ecologista de México y Partido de la Revolución Democrática, los actores adujeron que los lineamientos aprobados, en particular en lo conducente a la metodología y aplicación de la paridad transversal en los distritos y municipios, violentaban sus derechos de autodeterminación y auto-organización, al establecer un procedimiento de selección restrictivo e impositivo.
Sin embargo, los Magistrados de acuerdo al análisis sostuvieron que la responsable solamente atendió a su obligación de fijar reglas para garantizar la paridad a través de una metodología de bloques, es decir, reconociendo y respetando el deber de los partidos de establecer los criterios para que dentro de dichos bloques determinaran a sus candidatas y candidatos, siempre y cuando se respetara el principio constitucional de la mencionada paridad en la postulación de candidaturas.