Morelia / Acueducto.- La Guardia Nacional (GN) es una institución que funge como policía nacional de los Estados Unidos Mexicanos cuya función es de proporcionar seguridad pública a la Federación mexicana. Fue creada por decreto en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019, como parte de la estrategia del presidente Andrés Manuel López Obrador para combatir la delincuencia organizada en el país.
Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, cuyo titular es el mando originario de la institución, conduciendo la actuación de la misma mediante el Comandante Operativo de la Guardia Nacional.
La Guardia Nacional en un principio fue híbrida, ya que su entrenamiento y disciplina estuvo a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y la Secretaría de Marina (SEMAR) y su mando en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Adicional al proceso de reclutamiento civil, su conformación estuvo integrada por policías militares, navales y federales, absorbiendo dichas corporaciones.
De conformidad al artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, entre las facultades de las mismas están:
- Salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio. Garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social.
- Prevenir la comisión de delitos en todo el país, así como realizar investigaciones para cumplir con este objetivo.
- Efectuar tareas de verificación para la prevención de infracciones administrativas.
- Recibir denuncias, comprobar su veracidad y hacerlas del conocimiento del Ministerio Público.
- Realizar operaciones de inteligencia, encubiertas y de usuario simulado en internet.
- Intervenir en las telecomunicaciones personales bajo autorización de un juez.
- Realizar, bajo la conducción del Ministerio público, la investigación de delitos cometidos, y hechos de la delincuencia organizada.
- Dar cumplimiento a las órdenes de aprehensión y efectuar detenciones bajo lo establecido por el artículo 16 de la constitución.
- Proporcionar atención a víctimas y testigos del delito.
- Colaborar con otras autoridades federales en funciones de vigilancia, verificación e inspección y en operativos conjuntos.
- Vigilar vías de comunicación terrestre e imponer infracciones.
- Vigilar aduanas, puertos, aeropuertos y garitas.
- Vigilar prisiones y centros de detención a solicitud de la autoridad competente.
- Colaborar con el Instituto Nacional de Migración en la inspección de documentos migratorios y en el resguardo de sus instalaciones.
Algunos de los requisitos para ingresar son:
- Ser mexicano por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad.
- Estado civil: soltero y no vivir en concubinato.
- Edad mínima 18 años y máxima 30 años.
- Tener la estatura mínima siguiente.
Personal masculino: 1.63 metros.
Personal femenino: 1.55 metros.
- Índice de masa corporal de 18.5 a 27.9.
- No haber pertenecido a las fuerzas armadas y/o corporación policíaca.
- Acreditar buena conducta mediante carta de antecedentes no penales de la localidad y entidad federativa donde reside (excepto área metropolitana) o carta de buena conducta expedida por citadas autoridades.
Su estructura orgánica que consta en el artículo 12 de la Ley de la Guardia Nacional señala un secretario, comandante, Coordinador Territorial, Coordinador Estatal y un coordinador de Unidad.