Acueducto | Samuel Ponce
El señalamiento de la autoridad estatal respecto del riesgo que tiene el proceso electoral respecto de la participación del crimen organizado, hace pensar que la etapa que actualmente vivimos dentro del mismo, relativo a las precampañas, puede ser el inicio de la intervención de los grupos delincuenciales en el Estado.
Seguramente son varias las formas en las que el crimen organizado puede intervenir en el proceso electoral, empezando por los precandidatos de los diversos partidos políticos para lograr la postulación como candidatos y de ser el caso, acceder a la representación gubernamental y desde ahí apoyar las acciones ilegales. O bien, el caso de los candidatos independientes.
Pero no solamente ello, ya que los propios integrantes del órgano electoral local puede ser objeto de intervención de esos grupos ilegales, a través de los comités electorales que existen a lo largo del territorio michoacano, en cada municipio y distrito electoral.
En la primera de las formas de intervención, es necesario la colaboración de los partidos políticos, la autoridad electoral y las autoridades de procuración y persecución del delito, para ubicar aquellos perfiles que, dentro de las diversas regiones, pueden tener antecedentes de acciones ilegales y pretendan la postulación vía independiente o por partido.
Sin embargo, ello no bastará, toda vez que algunos de los integrantes del crimen organizado no necesariamente tienen antecedentes penales y por tanto, las restricciones legales de participación política no se pueden hacer valer en esos casos.
Ante lo anterior se hace necesario que los partidos políticos asumen un papel responsable, para que una vez que tenga ubicados a los perfiles que, sin tener antecedentes penales, pero si están detectados como integrantes de aquellos grupos, eviten su postulación.
De no hacerlo, es muy complejo que la autoridad electoral, sin algún sustento jurídico, pueda inhibir la participación política de personas sin antecedentes penales, pero con vínculos con el crimen organizado.
En el segundo de las formas de intervención, los órganos electorales deberán de tener, no solamente la información de las autoridades competentes sobre los antecedentes de los posibles funcionarios electorales, sino que deberá de implementar un mecanismo para identificar los casos en los que se encuentren vinculados sin tener bosquejos penales y con ello, evitar que sean designados como autoridades electorales en cada municipio o distrito.
Además de todo lo anterior, existe otro momento de alto riesgo en las elecciones, en el cual, se puede capitalizar aún más la intervención ilegal del crimen organizado, ello es el domingo de las elecciones, cuando los electores en cada casilla en las diversas regiones del estado, seguramente serán presionados para votar por algún candidato en busca de influir en los resultados y tener el control de determinados gobiernos locales, por lo que, tanto partidos como autoridad electoral deberá de ubicar un mapa de riesgo e implementar acciones de instituciones de seguridad pública.
En cualquier de esos escenarios, la incidencia del crimen organizado es riesgoso, pero sin duda seguramente estará presente en algún momento durante el desarrollo del proceso electoral, ante ello, la única forma de detener la incidencia en el proceso electoral es con la coordinación institucional y la responsabilidad ética y social tanto en los partidos políticos como en las autoridades electorales.





