Morelia/Redacción
Los observatorios ciudadanos forman parte de la ley de los mecanismos de participación ciudadana, son órganos plurales que fortalecen las instituciones. Para conforma uno debe contar con un mínimo de tres personas y no pueden ser más de30 personas.
Los observatorio son conformado por ciudadanos y no deben involucrarse los partidos políticos. La figura del observatorio surge como una entidad que, sin ser la responsable directa de una política o proceso en específico, la observa o evalúa desde fuera; en este sentido, la connotación del término observatorio conlleva una distancia de la figura gubernamental que inyecta autonomía y cierto nivel de imparcialidad.
En resumen, un observatorio se refiere a un conjunto de individuos o personas que se agrupan en un espacio autónomo con el fin de monitorear, evaluar e incidir en determinadas políticas o procesos, las cuáles pueden variar en su naturaleza.
Un elemento distintivo de los Observatorios es su independencia técnica con respecto a las entidades de gobierno, así como el ejercicio de contraste que realizan entre lo que es y lo que debería ser con respecto a determinada situación.
Las actividades principales de un observatorio son la elaboración de diagnósticos, la redacción de informes y reportes al respecto y la difusión de los resultados obtenidos. Tiene la obligación de presentar anualmente ante el Instituto Electoral (IEM) un informe de activadas.





