“Ninguna de las calumnias y acusaciones en nuestra contra ha sido acompañada de pruebas que las sustenten”: Andrés Manuel López Beltrán y Gonzalo López Beltrán, hijos del presidente Andrés Manuel López Obrador, parte de una extensa carta detalla publicada en La Jornada.
Acueducto | Samuel Ponce Morales
En la pasada elección local en el municipio de Chavinda, cuya palabra significa o quiere decir: «Lugar de vientos y remolinos», la lucha política electoral más cerrada se establecía entre la alianza de los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD) y del Revolucionario Institucional (PRI) contra el de Movimiento Ciudadano (MC).
De ahí el resultado no solo apretado, teniendo en cuenta que los emecistas lograron una votación de 1 mil 538 contra 1,335 de los perredistas y priístas -una diferencia de 4.5 por ciento-, sino por igual cuestionado porque los segundos consideran que la contienda no fue equitativa ante su consideración de que hubo actos violatorios de campaña de sus adversarios.
Con ese porcentaje de diferencia, entre el primer y segundo lugar, la elección se enmarcaba dentro de la parte de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación las elecciones federales o locales, en la cual se señala que los propios comicios podrán ser nulos solo en casos de violaciones graves, dolosas y determinantes durante el proceso electoral.
Aunque dicho marco jurídico electoral acota que ese tipo de violaciones deberán ser acreditadas de manera objetiva y material por los partidos políticos o por los candidatos que promuevan la nulidad de las elecciones, situación que, en el caso de Chavinda, el PRD y PRI consideraron que incurrió el aspirante del MC, a través de un evento religioso.
Perredistas y priistas aducen que, durante la campaña, el candidato emecista participó inapropiadamente en una trascendental procesión religiosa en el municipio, que se celebra cada 15 de mayo en honor a San Isidro, utilizando símbolos religiosos y del partido político, lo que se documentó en una serie de videos y fotos, difundidos en redes sociales.
La queja fue presentada ante el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) cuyos magistrados consideraron que la participación del emecista en el acto religioso van contra las leyes que prohíben el uso de símbolos y actos religiosos para hacer propaganda política, según los artículos 24 y 130 de la Constitución Federal y el 35 de la Ley General de Partidos.
Por lo tanto, los integrantes del pleno del órgano jurisdiccional electoral, a nivel local, ordenó al Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) convocar a una nueva elección extraordinaria para el Ayuntamiento de Chavinda. La validez de las constancias de mayoría y las regidurías asignadas a Movimiento Ciudadano fueron anuladas
TEEM, la mal querida del PRI
No es la primera vez que señalan de tendencioso y por ende imparcial a un integrante del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), solo que está vez el PRI lo hizo, de manera directa, con nombre y apellidos, en especial por el caso de la distribución de regidurías en el próximo Ayuntamiento de Morelia.
Falta dirimir en una última instancia si el TEEM tuvo o no razón en desechar la queja interpuesta por el PRI, al considerar que fue presentada de manera extemporánea, lo cual ha sido rechazado insistentemente por una de las partes interesadas, provocando que la regiduría sea otorgada a Movimiento Ciudadano, pero no todo está dicho.
Ante esa situación, el caso se va a la máxima instancia, al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pero miembros de la dirigencia del PRI en Michoacán como Edna Martínez Nambo y Alejandro Bribiesca Gil fustigan sobre todo a una magistrada electoral local, a Alma Bahena Villalobos, a quien acusan de marginarlos de una regiduría.
“Así que lo decimos fuerte y claro, lamentamos profundamente que el actuar de la magistrada, Alma Bahena sea parcial, sea antipriísta y sea en contra de la aplicación de la norma”, dijo sobre el tema Edna Martínez Nambo, secretaria técnica del Consejo Político Estatal del PRI Michoacán, durante una conferencia de prensa, presidida por el líder Memo Valencia.
Por su parte, Alejandro Bribiesca Gil, secretario de Acción Electoral, recordó que se trata únicamente de aritmética, ya que en el cómputo distrital el PRI obtuvo 51 mil 754 votos, tres veces más los sufragios de Movimiento Ciudadano, a quienes los órganos electorales otorgaron la regiduría que por derecho y ley, enfatizó, le corresponde a la planilla priista.
Y, en esa misma conferencia del PRI Michoacán con medios de comunicación, el funcionario partidista consideró, “esta simple matemática que hace el Tribunal con excesivo tecnicismo cuando es requerido, señala que la demanda fue extemporánea. La demanda fue presentada el 13 de junio ante la Oficialía de Partes del Instituto Electoral de Michoacán (IEM).
Para él, para el abogado de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), la legislación en la materia es demasiado clara, “al recibir un medio se turna de inmediato sin trámite alguno. No solo no fue de inmediato, si no hubo trámite intermedio, o sea hubo una tercera oficina, una segunda oficina antes de llegar a la oficina principal”.
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