Patricia Monreal
Como ocurre tras cada elección presidencial, luego de la contienda del 2012 en México y frente a los escándalos por el derroche de recursos de la clase política nacional, en el Congreso de la Unión proliferaron las voces sobre la necesidad de una reforma político-electoral de gran calado.
Finalmente ésta se concretaría mediante reformas a la Constitución General de la República y la creación de leyes secundarias que, en la primera mitad del 2014 quedaron listas para dar pie a que los congresos locales las aterrizaran en la legislación de cada entidad.
En la reforma federal se determinó la desaparición del Instituto Federal Electoral para dar paso al Instituto Nacional Electoral, al cual le corresponde tanto para los procesos comiciales federales como para locales, la capacitación; la geografía; así como el diseño y determinación de los distritos electorales y división del territorio en secciones electorales; el padrón y la lista de electores; la ubicación de las casillas y la designación de los funcionarios de sus mesas directivas; los criterios en materia de resultados preliminares y para encuestas o sondeos de opinión; la observación electoral y la impresión de documentos y producción de materiales.
Uno de los elementos fundamentales que se determinó como atribución del INE fue tanto en procesos federales y locales el de la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos, suprimiendo tal facultad a los organismos locales.
Además, se estableció que el INE asuma mediante convenio con las autoridades competentes de los estados que así lo soliciten, la organización de procesos locales, y a petición de los partidos políticos y con cargo a sus prerrogativas, podrá organizar las elecciones de sus dirigentes.
Por acuerdo de al menos ocho integrantes de su Consejo General, el INE puede asumir la función de organismos electorales locales, en caso de así considerarlo, o atraer para su conocimiento cualquier asunto de la competencia de éstos, cuando su trascendencia así lo amerite o para sentar un criterio de interpretación.
Entre las responsabilidades del INE está el designar al presidente y los consejeros electorales estatales, quienes durarán en su encargo siete años sin posibilidad de ser reelectos.
En el caso de las autoridades electorales jurisdiccionales, se determinó se integren por un número impar de magistrados, quienes son electos por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores a propuesta en terna.
Para mantener su registro, los partidos políticos ahora deben obtener al menos el tres por ciento de la votación total.
La reforma incorporó también las candidaturas independientes, que a nivel federal no estaban normadas, de manera que quienes participaran por esta vía fueran susceptibles a prerrogativas y acceso a radio y televisión, entre otros derechos.





