El Herodes michoacano

Morelia/Redacción

Como en las películas más irónicas sobre la política mexicana, un edil del estado de Michoacán se da la libertad de utilizar la Banda Presidencial en sus ceremonias oficiales, a pesar de que su uso está prohibido por la ley.

El Presidente Municipal de Huiramba, José Humberto García Domínguez, ha sido visto usando la Banda Presidencial en al menos dos ocasiones, a pesar de que, en el artículo 34 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional queda estipulado que su uso es exclusivo para el presidente de la República, puesto que “su uso constituye una forma de presentación de la Bandera Nacional y es emblema del Poder Ejecutivo Federal” García Domínguez, quien lleva apenas un mes y medio en el cargo, ha violado dos veces la ley; siendo la primera durante una ceremonia realizada ante regidores del Cabildo e invitados, al momento de rendir protesta el pasado 1 de septiembre, donde aseguró “dedicaría todo su tiempo para que su municipio saliera adelante”.

La segunda ocasión fue la noche del 15 de septiembre, durante los festejos del Grito de Independencia, donde el alcalde priista hizo el repique de campanas desde el balcón del Palacio Municipal, con la Banda Presidencial en su pecho. Los videos e imágenes de ambos eventos circulan por internet , así como en la página oficial del Ayuntamiento de Huiramba, localidad de 7 mil 500 habitantes. La banda presidencial está destinada para el uso del Presidente de la República en las ceremonias de mayor solemnidad, así como en cuatro momentos a lo largo del año: La transmisión del Poder Ejecutivo Federal, la conmemoración del grito de Dolores, al rendir su informe ante el Congreso de la Unión y al recibir las cartas credenciales de los embajadores y ministros acreditados ante el Gobierno mexicano.

El desacato de esta norma así como las faltas de respeto a los símbolos patrios pueden ser sancionados desde una multa que puede variar, dependiendo la infracción y si hubo o no fines de lucro, desde 250 días de salario mínimo, arresto de 36 horas o hasta mil veces el salario mínimo, así lo refiere la legislación federal.