Morelia, Mich.- |Acueducto.- Quienes incumplan con el uso del cubrebocas podrían hacerse acreedores a sanciones que van desde la amonestación verbal hasta el arresto administrativo domiciliario por 36 horas, en los términos planteados en el dictamen.
En el caso de los ciudadanos, la multa prevista es de 1 a 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) y arresto domiciliario por hasta 36 horas.
Para los ciudadanos las sanciones son:
1.- Solicitar verbalmente a la persona el uso adecuado del cubrebocas. En caso de que la persona no porte cubrebocas, se le proporcionará uno de manera gratuita.
2.-Amonestación por escrito y con apercibimiento que en caso de no usar el cubrebocas será sancionado.
3.- Solicitar se retire a su domicilio o fuera de los lugares públicos o privados, en caso de negativa al uso del cubrebocas por parte de la persona, siempre y cuando no se encuentre en los supuestos de excepciones establecidas en la Ley.
En caso de que la persona insista en no usar el cubrebocas se le impondrá una multa, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el caso de que sea jornalero y de 1 a 15 UMAS en caso reincidencia o resistencia al uso correcto de cubrebocas.
La multa podrá conmutarse por trabajo comunitario establecido por la autoridad correspondiente, a solicitud de los interesados, el cual no podrá exceder de 3 días sin goce de sueldo.
4.-Arresto administrativo domiciliario hasta por 36 horas, cuando haya negativa del uso correcto y la portación del cubrebocas.
Las acciones previstas deberán implementarse a las y los usuarios del transporte público.





