Morelia,Mich.| Acueducto.- En la Visitaduría Regional de Uruapan se atendió queja por parte de una ciudadana del municipio de Tingambato por las molestias que ocasionaba un negocio de empaque de aguacate que laboraba a altas horas de la noche provocando la molestia de los vecinos que no podían dormir a causa del constante ruido.
A pesar de que se estableció un convenio con la autoridad municipal para que se definiera un horario de labores que no interfiriera o causara conflicto a los vecinos, quedando el acuerdo que sería de 08:00 a 22:00 horas, no se cumplió con lo establecido, pues el negocio siguió con actividades incluso en las madrugadas.
Por estos hechos la CEDH emitió la Recomendación 081/2019 por violación a las buenas prácticas de la administración pública, por la realización de conductas contrarias a derecho, que afectaron a los ciudadanos a recibir una atención adecuada, eficaz y expedita; así como por violación al derecho a un medio ambiente sano, por la negativa de la autoridad responsable de garantizar a los agraviados ese derecho para su sano desarrollo y bienestar.
En el documento se recomendó a la autoridad municipal girar instrucciones al área competente para realizar las medidas necesarias para cesar la contaminación por ruido a la que estaban expuestos los agraviados; así también se solicitó que en casos como el presente las garantías de no repetición adquieren mayor relevancia como medida de reparación para que hechos similares no se vuelvan a repetir y contribuyan a la prevención.
La recomendación fue aceptada pero no se cumplió, por lo que este organismo hace público el desacato del Ayuntamiento de Tingambato y externa su preocupación ante la desatención de este tipo de asuntos que implican una responsabilidad de la autoridad municipal para garantizar el respeto, cuidado y protección de los derechos humanos de los ciudadanos de ese municipio.



