¿En qué momento se martiriza?

Morelia, Mich./Nancy V. Herrejón.-Según, la Suprema Corte de Justicia de la Nación: “se está frente a un caso de tortura cuando: i) la naturaleza del acto consista en afectaciones físicas o mentales graves; ii) éstas sean infligidas intencionalmente; y iii) tengan un propósito determinado, ya sea para obtener una confesión o información, para castigar o intimidar, o para cualquier otro fin que tenga por objeto menoscabar la personalidad o la integridad física y mental de la persona”pero ¿En qué momentos se tortura?

Arresto: Suele ocurrir a partir de una detención ilegal (sin orden de aprehensión). Cualquier acción como patadas, golpes con puños o patadas, cachazos, disparos, choques eléctricos o ahorcamiento, que no sea requerida para someter a una persona, constituye un acto de tortura.

Traslado: Muchas veces las personas arrestadas son torturadas e interrogadas en vehículos durante su traslado ante el juez o la autoridad competente. Sin embargo también puede darse el caso de que sean trasladadas a domicilios particulares (como casas de seguridad), instalaciones militares o campos baldíos, en donde continúan siendo interrogadas y torturadas.

Estancia en el Ministerio Público: Las autoridades del Ministerio Público pueden torturar para forzar a las personas a declararse culpables. A menudo estos actos se ven acompañados de la negativa a informar sobre la acusación, restricción del acceso a representación legal, retenciones injustificadas y peritajes médicos que niegan la comisión de actos de tortura.

Durante un juicio: Algunos Jueces suelen desestimar alegaciones de tortura o admiten pruebas y confesiones obtenidas bajo tortura, argumentando que la víctima no probó la tortura o responsabilidad de un agente estatal. Frecuentemente las personas son halladas culpables principalmente con base en confesiones obtenidas mediante tortura o malos tratos.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), retomando las mejores prácticas internacionales, realizó la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) 2016 con el propósito de generar información estadística sobre la experiencia del procedimiento penal e internamiento de la población de 18 años y más privada legalmente de la libertad como consecuencia de la comisión o supuesta comisión de un delito.

De acuerdo con la ENPOL, alrededor de 23,194 personas dijeron haber sufrido al menos una acción que constituye tortura durante el arresto, 34,243 durante el traslado y 28,230 durante su estancia en el Ministerio Público.

Con información de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, INEGI.