El castigo a la ciberviolencia sexual

Morelia/Acueducto

Con la aprobación de la Ley Olimpia en el estado de Michoacán, la difusión de  material sexual de terceros sin el consentimiento de este podrá ser juzgada penalmente, Tanto con cárcel, así como una multa.

La pena puede ir de 4 hasta los 8 años de prisión, para quien difunda el material o quien lo solicite, así como mil o 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que representa un total de 86 mil  a 172 mil pesos y  de mil a dos mil UMA´s por concepto de la reparación del daño.

De igual manera señaló que las penas aumentarán hasta un 50 por ciento más, en caso de que la víctima haya tenido una relación afectiva, amistad o convivencia en el ámbito familiar; así como la convivencia en el ámbito educativo y laboral.

Asimismo, cuando se cometa contra una persona menor de edad o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que se encuentre en situación de vulnerabilidad por su condición social, cultural, económica o ética.

Finalmente, sí las imágenes fueron extraídas mediante el robo de algún dispositivo o mediante la intromisión sin de comunicaciones o archivos privados, o mediante la amenaza.